Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano RAMON UVALDINO SANCHEZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 8.169.167, de este domicilio, debidamente, contra la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, en la persona del ciudadano Dr. LUIS LIPPA, representado por el Abogado ALBERTO LUIS BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 40.222, de este domicilio. 2°) Se Condena a la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, quien deberá cancelarle al demandante ciudadano RAMON UVALDINO SANCHEZ NAVARRO, ya identificado:
PRIMERO: Las Prestaciones Sociales correspondientes a SEIS (6) MESES, por una relación laboral que se inició desde el 15 de Febrero de 2.000 y culminó el día 15 de Ag.....