Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Oposición interpuesta por la parte demandada COOPERATIVA DE CAMIONEROS "TAUROLLANO R.L", en la persona del ciudadano NAZAR LAVADO contra la Medida Preventiva Innominada dictada por este Tribunal en fecha 23 de Octubre de 2008.
SEGUNDO: Se levanta la Medida Preventiva Innominada de retención de los haberes dictada en fecha 23 de Octubre de 2008, recaída sobre la cantidad de CIENTO NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs. 109.865,21), existentes en la cuenta Corriente Nº 00700510000005844, del Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES), cuyo titular es la COOPERATIVA DE CAMIONEROS TAUROLLANO R.L., hasta por la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE BO.....