Por recibido y visto el escrito cursante a los folios 14 y 15 del expediente, suscrito entre las partes: CARMEN EUNICE ARJONA, asistida por la Abogada ZORAIMA MONTOYA FUENMAYOR (parte demandada), y el Abogado ANGEL GUERRERO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano YOFFRE EMILIO BELLO BELLO (parte demandante), mediante el cual celebran CONVENIMIENTO, entre ambas partes en el presente procedimiento, désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO de conformidad con las disposiciones del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente respectivo.