En este estado el Tribunal deja expresa constancia que en el inmueble donde esta constituido no se encuentra persona alguna, el cual esta cerrado con un candado, y no habiendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 10:00 a.m.-terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. La Secretaria. Dra. Maria Milagro Aranguren. El Alguacil, José Espinoza.-
COM-3-1299.-
AF.-