AL SEXTO PARTICULAR; la solicitante pide el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: solicito a los fines de avalar todos los hechos constatados se designe al ciudadano JOSE RICARDO CARBALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.201.851, a los fines de que tome impresiones fotográficas sobre los daños del Fundo en el cual se encuentra constituido este Tribunal. Acto seguido y vista la exposición anterior el Tribunal accede a lo solicitado y en consecuencia se designa como practico fotógrafo al ciudadano: JOSE RICARDO CARBALLO, antes identificado, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo indicando que dichas impresiones serán tomadas con un teléfono de marca BLACK BERRY BOLT, siendo en total de cuarenta (40) impresiones fotográficas, concediéndoles un lapso de dos (02) días de Despacho a partir de la presente fecha para la consignación de las mismas en la sede natural .....