El tribunal visto el requerimiento anterior, acuerda SUSPENDER la práctica de la presente Medida Preventiva de Embargo y accede a fijar nueva oportunidad por auto separado. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 9:45 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Provisoria.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
El Apoderado Judicial de la Parte Actora.
Abg. LUIS ARTURO HIDALGO
El Jefe de la Comisión Policial.
Dguido. ANDRÉS HURTADO.
C.I. V- 13.938.693.
El Jefe de la Comisión de la G.N.B.
SGTO. 2º LISANDRO SÁNCHEZ.
C.I. V-18.844.238.
El Alguacil Titular.
MIGUEL ÁNGEL BRAVO.
La Secretaria Titular.
Dra. MARÍA MILAGRO ARANGUREN.
Comisión N° 10-2454.
Af.-