". Seguidamente el Tribunal vistas las exposiciones anteriores realizadas por el Apoderado Judicial del actor y por el notificado-demandado, y en virtud del Convenimiento al cual han llegado las partes en este acto, el Tribunal acuerda SUSPENDER la práctica de la presente MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO y ordena devolver al Tribunal de la causa la presente Comisión, en el estado en que se encuentra. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 12:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Provisoria.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
El Apoderado Judicial del Actor.
Dr. JOSÉ ÁNGEL ARMAS.
El Notificado-Demandado y su Abogado Asistente.
LUIS OSWALDO FLORES MARCOS ANTONIO CASTILLO
El Jefe de la Comisión Policial
Cabo 2 FRANKLIN SOLÓRZANO.
C.I. V- 12.902.778.
Jefe de la Comisión de la Guardia Nacional
Sgto-M1º FERNÁNDO RAMÍREZ PRATO
C.I. V-8.094.756
El Alguacil .....