El Tribunal vista la exposición anterior, acuerda SUSPENDER la práctica de la presente MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO por un lapso de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, es todo. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 10:45 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Provisoria.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
La Parte Actora y su Abogado Asistente.
MARÍA ELOINA UTRERA R. RAFAEL ANTONIO ESPINOZA L.
Los Notificados-Demandados.
MARBELLIS DEL V. ECHENIQUE JOSÉ P. CARRILLO FERNÁNDEZ
El Jefe de la Comisión Policial.
C/1 FELIX CAMPOS.
C.I. V-15.047.127.
El Jefe de la Comisión de la G.N.B.
S/1 CARLOS JOSÉ GAUTA CORDERO.
C.I. V-16.328.871.
El Alguacil Titular.
MIGUEL ÁNGEL BRAVO.
La Secretaria Titular.
Dra. MARÍA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
Comisión N° 10-2451.
Af.-