Vista la exposición anterior y por cuanto es notorio el comportamiento inadecuado de las personas que ocupan el inmueble objeto de la presente RESTITUCION y las expresiones amenazantes realizadas por el ciudadano: JESUS MARIA SANCHEZ TORRES, al inicio de la presente Ejecución cuando afirmo que no se hacia responsable de lo que aquí pudiera suceder una vez que el desocupara el inmueble, este Juzgado accede a lo solicitado por la parte querellada de autos y en consecuencia se ordena la constitución de un apostamiento policial de tres (3) funcionarios a partir de la presente fecha y hora hasta el día 9 de Diciembre de 2008 a las 2:OO p.m., todo ello a los fines de garantizar la integridad personal de la ciudadana: LUZ ELENA VELEZ MOSQUERA y su núcleo familiar; Líbrese oficio al Comandante General de la Policía del Estado Apure, a los fines de informarle lo ordenado por este Juzgado. No siendo otra la misión del Tribunal se acuerda el regreso a su sede natural siendo las 2: OO de la tar.....