El Tribunal vista la manifestación realizada por el Depositario Judicial y en virtud de la naturaleza de la Planta Desmotadora de Algodón, ya que no puede realizarse su traslado a otro lugar, acuerda mantener la misma en el sitio en el cual se encuentra constituido este Despacho tal como lo solicitó el Depositario Judicial designado, es todo. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 10:50 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Temporal.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
El Apoderado Judicial de la Parte Actora.
Abg. LUIS ARTURO HIDALGO
El Notificado.
FRANCISCO PIKE.
El Depositario Judicial Designado.
JOSÉ LUIS RONDÓN.
El Perito Avaluador Designado.
OMAR DE JESÚS BLANCO DÍAZ
El Jefe de la Comisión Policial.
Dguido. ANDRÉS HURTADO.
C.I. V- 13.938.693.
El Alguacil Temporal.
JOSÉ ESPINOZA.
La Secretaria Titular.
Dra. MARÍA MILAGRO ARANGUREN.
Comisión N° 9-2327.
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