El Tribunal vistas la exposiciones anteriores, y en virtud del convenimiento planteado por las partes, acuerda SUSPENDER la práctica de la presente MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO y ordena devolver al Tribunal de la causa la presente Comisión en el estado en que se encuentra, es todo. No siendo otra la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural siendo las 2:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Provisoria.
Dra. AURI TORRES LÁREZ.
La parte actora.
Dr. RAFAEL ALBERTO SÁNCHEZ CONTRERAS.
La Parte Demandada-Notificados
DIGNA M. VALERA VILLAZANA GIANCARLOS RIVERO SEQUEDA
El abogado asistente de la parte demandada.
Abg. LUIS EDUARDO LIMA
El Jefe de la Comisión de la G.N.B.V.
S/M3 JOSÉ FÉLIX MARTÍNEZ COLMENARES.
C.I. V- 12.322.860.
La Representante del C.M.D.N.A. San Fernando.
Abg. YETZAIDA COLMENARES.
El Alguacil Titular.
MIGUEL ÁNGEL BRAVO.
La Secretaria Ti.....