DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Cumplimiento de Obligación de manutención formulada por la ciudadana INGRID YOMEIDA MAYORQUIN FIGUEREDO, en su condición de madre y representante legal de los niños (Identidad Omitida De Conformidad Con lo Dispuesto en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente).
SEGUNDO: deberá él ciudadano: HENRY ULISES SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.529.623, domiciliado en la población de Mantecal Municipio Muñoz del Estado Apure, demandado en la presente causa, cancelar de manera inmediata la cantidad de TRES MIL CIEN BOLIVARES (3.100,00 BS)., mediante deposito a la cuenta de ahorro N° 01750090230060620560, aperturada en .....