DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN en el presente proceso por cobro de Bolívares Vía Intimación incoada por el ciudadano OTTONIEL ALI CAÑA CALDERON, en su carácter de endosatario en procuración del ciudadano JOSE ONOFRE SOLORZANO, antes identificados, por decaimiento de la Acción motivado a la falta de Interés Procesal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a la parte Actora. Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencia llevado por este Juzgado. Expídase las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municip.....