DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos EFRAIN ALEJANDRO MILANO Y MARIA CONCEPCION VEGUETT CALZADILLA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N°s V-5.643.951 y V-8.185.735, respectivamente, contraído el día 31 de Diciembre de 1979, por ante este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas. Expídase las copias certificadas que las partes soliciten. Publíquese y Regístrese la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción.....