esta Corte de Apelaciones Acuerda: ADMITIR la presente inhibición, así como la prueba promovida la cual riela a los folios 400, ello conformidad con lo estatuido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide.
PATRICIA SALAZAR LOAIZA
JUEZA SUPERIOR PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES
ATAMAYCA QUEVEDO
SECRETARIA
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
ATAMAYCA QUEVEDO
SECRETARIA
CAUSA N° 1As 72-06
PS/sm