DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS, Juez Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, de conformidad con lo previsto en el Artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el Artículo 86, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 ejusdem, la o el Juez sustituto continuará conociendo del proceso.