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miércoles, 21 de diciembre de 2011
Resolución Asueto de Navidad
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

Rectoría de Circunscripción Judicial del

Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas

San Fernando de Apure, diec

inueve (19) de Diciembre de 2011

201º y 152º



RESOLUCIÓN Nº RA-2011-003

Quien suscribe, Francisco R. Velázquez Estévez, Juez Rector de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, designado mediante oficio Nº CJ-05-7686, de fecha 26 de octubre del 2005, en pleno uso de las atribuciones que le confiere la Resolución Nº 521, de fecha 18 de agosto de 1999, emanada del Consejo de la Judicatura, y de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en uso de las atribuciones en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resuelve:



CONSIDERANDO

Que se debe garantizar la seguridad jurídica, como principio consagrado constitucionalmente, lo cual está acorde con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.



CONSIDERANDO

Que motivado al Asueto Navideño, comprendido desde el 22 de Diciembre de 2011 al 06 de enero de 2012 ambas fechas inclusive, se acordó organizar un "sistema de guardia". En tal sentido, los Órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público a la administración de justicia.



RESUELVE

Artículo primero: Ningún Tribunal despachará desde el 22 de diciembre de 2011 hasta el 06 de enero de 2012, ambas fechas inclusive.



Artículo segundo: Con la finalidad de dar cumplimiento a las directrices emanadas del Tribunal Supremo de Justicia, con relación al sistema de guardias que adoptarán los tribunales adscritos a la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el periodo comprendido entre el 22 de diciembre de 2011 hasta el 06 de enero de 2012, ambas inclusive y previas conversaciones con los distintos jueces que conforman dicha circunscripción, se acordó adoptar el siguiente sistema de guardias:

Se designa como Jueza de Guardia a disposición, durante el lapso comprendido entre el 22 de diciembre de 2011 hasta el 06 de enero de 2012, ambas fechas inclusive, a la abogada Luz Marina Silva, Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y Tránsito.

Durante dicho lapso se mantendrá como "Juzgado Distribuidor" en materia de Amparo Constitucional, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y una vez concluido el lapso, retornará la "Distribución" al Juzgado que venía ejerciendo las funciones de "Distribuidor".



Artículo tercero: Se designan como Jueces de Guardia a disposición, durante el lapso comprendido entre el 22 de diciembre de 2011 hasta el 06 de enero de 2012, ambas fechas inclusive, a los siguientes profesionales del derecho:

-Abogada Luz Marina Silva, Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y Tránsito.

- A la abogada Eumely Sánchez, Jueza Temporal del Juzgado del Municipio San Fernando.

- A la abogada Mariela de la Paz Suarez, Jueza Titular del Juzgado del Municipio Biruaca.

- A la abogada Ivy Castillo, Juez Provisoria del Municipio Pedro Camejo.

- Al abogado Wilmer Pérez, Juez Titular del Juzgado Primero del Municipio Achaguas.

- A la abogado Ana María Garcías, Juez Provisorio del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz.

- Al abogado Hernán J. Baena, Juez Provisorio del Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos.

- A la abogada Francisca Gómez, Jueza Temporal del Juzgado Primero del Municipio Páez.

- Al abogado Fernando E. Suárez, Juez del Juzgado del Municipio Arismendi del Estado Barinas.

Artículo cuarto: Se designa como Juez de Guardia a disposición a la abogada Hirda Soraida Aponte Juez Provisorio del Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario d
 
Fecha de Publicación:
  21/12/2011
Correo Electrónico
  rectoriaestadoapure@gmail.com
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