DISPOSITIVA
PRIMERO: CON LUGAR La presente SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO incoada por los ciudadanos: GREGORIA ANTONIA MAQUENSE DE RIVAS y ROIMAN DOMINGO RIVAS , Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- 8.158.816, y 8.193.384, respectivamente, el primero con domiciliado en la Calle Comercio, parroquia Mucurita (el samán) del Municipio Achaguas, Estado Apure, y la segunda con domicilio en la Calle Comercio, parroquia Mucurita (el samán) del Municipio Achaguas, Estado Apure.
SEGUNDO; SE DECRETA DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre GREGORIA ANTONIA MAQUENSE DE RIVAS y ROIMAN DOMINGO RIVAS, según se desprende del acta N° 02 de fecha 19 de Marzo de 1982. Liquídese la comunidad conyugal.
TERCERO: SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA, en virtud de que contra la misma no procede recurso alguno, ni ordinario, ni extraordinario, de conformidad con lo establecido en sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Jus.....