Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por el ciudadano: OVIDIO RAMON AGUILAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-25.524.707, debidamente asistido en este acto por la Abog. NATHALY E. TOVAR CUPIDO, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 271.159, contra la ciudadana: YENNIFER ANAIS MACHADO PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.473.842, Y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos: OVIDIO RAMON AGUILAR GARCIA y YENNIFER ANAIS MACHADO PADILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-25.524.707 y V-27.473.842.....