Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Único: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana Moreno Padron Francys Javiela, titular de la cedula de identidad N° 19.917.690, debidamente representada por el Abogado Marcos Goitia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N°75.239, contra elMinisterio del Poder Popular para la Educación.