DECISIÓN
Por lo todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA POR LA FUNCIÓN de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Apure, para conocer del presente asunto contenido en el Expediente N° 16.995 (nomenclatura propia de este tribunal) seguido por el ciudadano Abog. JOSE GREGORIO JIMENEZ PEREZ contra los ciudadanos DOMINGO ANTONIO ROCCI ESCOBAR y LETICIA ROCCI ESCOBAR.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA POR LA FUNCIÓN a favor de un TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUD.....