Por los fundamentos antes expuestos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE,ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, formulada por el ciudadano: OVIDIO JOSE SALAZAR DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.521.948, debidamente asistido por el Abogado RAMON M. DIAMOND M. Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad N° 10.620.889, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº157.487, en contra de la ciudadana: CARMEN ISBELIA COBURUCO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.047.879, con domicilio en la calle San Miguel casa N° (07), comedor popular, de la Parroquia Cunaviche, Municipio Pedro Camejo. Y por consiguiente DISUELTO EL VINCUL.....