Sobre la base de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 02 de junio de 2025, la parte demandada ciudadana ANA JOSEFINA COLINA OJEDA, asistida por el abogado JESÚS CÓRDOBA, Inpreabogado N° 133.170, actuando como apoderada judicial de la parte demandada, en contra la decisión interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 03 de octubre de 2024 (Folios 124 al 128) en el Expediente N° 16.828 (nomenclatura propia de ese tribunal).
SEGUNDO: Se REVOCA O DECLARA NULO la decisión interlocutoria de fecha 03 de octubre de 202.....