PRIMERO: CONDENA al ciudadano: JOSÉ RAFAEL CEBALLO ABREU, titular de la cédula de identidad Nº16.527.718, de nacionalidad venezolana, natural de San Apurito. Estado Apure, nacido el 11-05-1984, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Trabajador independiente, residenciado en el Sector La Intimidad, vía el mamón, carretera nacional, casa vivienda, cerca de la Escuela de Mantecal. Estado Apure; a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto sancionado en el artículo 458 Código Penal Venezolano. No se condena en costas por ser la justicia gratuita conforme al primer aparte del artículo 26 Constitucional.
SEGUNDO: Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL CEBALLO ABREU, titular de la cédula de identidad Nº16.527.718, de nacionalidad venezolana, natural de San Apurito. Estado Apure, nacido.....