QUINTO: Por ultimo, por cuanto dicho penado ingreso en fecha 23-05-2009, a la Penitenciaria General de Venezuela, este Tribunal acuerda librar el respectivo exhorto al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial de San Juan de los Morros, Estado Guarico, a los fines del Cumplimiento de la Función Jurisdiccional, de Vigilancia, Control y Garantías del Respeto de los Derecho Humanos del Penado, que nos imponen las Normas Constitucionales, Legales, Tratados, Convenios Internacionales, suscritos y ratificados por la República y en las Reglas mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la Organización de las Naciones Unidas, de conformidad con lo establecido en el articulo 481 y 479 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, para que una vez recibido él mismo, se sirva remitir a este Tribunal cualquier actuación correspondiente a la respectiva causa. Así mismo imponer al penado en mención, de la presente decisión, y de la fecha de cumplim.....