Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado PLATA GHILVER ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.602.341, quien fue condenado por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia en Contra de la Mujer y la Familia (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos), cometido en perjuicio de MARÍA CATALINA PLATA y la adolescente CARMEN RAMONA PLATA. En consecuencia, queda PLATA GHILVER ALEXANDER, en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. En la debida oportunidad legal, remítase la Causa al Archivo Judicial para se.....