UNICO: Este Tribunal a los efectos de decidir sobre lo conducente observa lo siguiente: Que en fecha 20 de Enero del año que discurre, este Tribunal lo que impuso en esa Audiencia Especial de Imposición de Sentencia Definitiva a todos los involucrados en la causa que fueron sometido a juicio y juzgados por ante el mismo, fue el contenido integro de la Sentencia Definitiva por haber sido publicada fuera del lapso de Ley. En tal sentido no está dado a los Jueces de la República Bolivariana de Venezuela, modificar una Sentencia Definitiva cuando ya ha sido publicada, con excepción de que una vez publicada las partes dentro de lo 3 días de la publicación pueden soliciten, una corrección de error, una ampliación de ésta o pidiendo su rectificación, por tanto es de acotar que nos encontramos ante una Sentencia Definitiva publicada fuera del lapso de Ley, aunado a esto la Defensora Pública apeló de la Sentencia, lo cual hace improcedente ordenarse lo solicitado, toda vez que se tendría que an.....