DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Declara sin lugar la solicitud de la Defensora Publica Segunda de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Apure, actuando en ejercicio de los derechos e intereses personales, del adolescente iuirs Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referida a las solicitudes de la defensa de verificar si su representado se encuentra recluido en el Estado Sucre, y de suspender el cumplimiento de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta hasta que el referido adolescente se .....