PRIMERO: DECLARA INOCENTE al ciudadano, JOSÉ GREGORIO GARCÍA BLANCO, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.796.764, natural de Calabozo, estado Guárico, de 39 años de edad, nacido el 19/11/1973, estado civil Soltero, de Profesión u Oficio, Comunicador Social y Docente, residenciado en la Calle Bolívar, Esquina con Coto Paúl Nº 16, Municipio San Fernando Estado Apure, hijo de Carmen Nazaret (V) y del ciudadano Alexis José García (M) de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo 42 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio a la ciudadana NAVRITH JHOANMAR DE JESÚS MUÑOZ GUTIÉRREZ...SEGUNDO: En consecuencia se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA de conformidad con lo dispuesto en el articulo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por supletoriedad del articulo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con lo d.....