DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana: YENNY ANTONIETA RENGIFO DIAZ, Representante y Madre de las niñas menor de edad debidamente asistida por el Defensor Segundo de Protección del Niño, Niña y Adolescente, representada por el Dr. Ernesto Bocaney Oribio, del Estado Apure.
SEGUNDO: Se fija de carácter definitivo como obligación alimentaria la cantidad de Cuatro Mil Bolívares (Bs.4.000,oo) mensuales, por concepto de obligación alimentaria, en cuanto a los aportes extras siguen igual en 50% de útiles y uniformes escolares en .....