DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: SIN LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N° 4.669.093, en su carácter de defensor privado del adolescente sancionado Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, suficientemente identificado en autos, quien pidió a este Tribunal con fundamento en lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo objeto es que el tribunal ejecutor reforme el computo determinado en audiencia de ejecución, por cuanto a su parecer el computo realizado y en .....