CON LUGAR la inhibición planteada por el Abg. JUAN ANIBAL LUNA, Juez (suplente) del Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo previsto en el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en los Artículos: 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal