Este Tribunal Segundo de Primera Instancia, de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ESTELIA RUBELINA SILVA TIRADO y FRANKLIN EDUARDO REYES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 15.998.114 y 15.500.826.