En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Itinerante de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley conforme a las previsiones de los Artículos 344, 347 y 348 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Encuentra NO CULPABLE al acusado JOEL JOSE RIOS SOLORZANO, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-14.520.294, Nació el 16-08-78, en Mantecal, Estado Apure, de 32 años de edad, estudio al 4º año de Bachillerato, de profesión u oficio Comerciante (sin negocio establecido). Numero de ubicación 0426-944.50.40 (pertenece a su cuñada Adriana Chávez). Residenciado en el Barrio Simón Rodríguez, Sector Los Jabillos, Calle Principal, Casa S/N, detrás de la Iglesia Pentecostal, Biruaca, Estado Apure. Hijo de Argenis Ríos (V) y María Solórzano (V) y en consecuencia lo ABSUELVE de responsabilidad en la comisión del delito de T.....