Seguidamente la Juez expone: Este tribunal oídas las exposiciones de las partes considera prudente extender el régimen de prueba por un (1) año más, sometiéndolo al cumplimiento de las siguientes condiciones: 1.- Presentación periódica por ante el área de alguacilazgo cada 30 días. 2.- La prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas e igualmente bebidas alcohólicas. 3.- La obligación de acudir una (1) vez al mes ante el departamento de psiquiatría del Hospital Pablo Acosta Ortiz de esta ciudad, a los fines de su evaluación mental, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 39 Código Orgánico Procesal Penal de la edición Derogada, mediante Ley de Reforma Parcial de fecha 14-11-01. Es todo. Quedando notificados todos los presentes del presente Acto. Librese oficio a la Comandancia General de la Policía a los fines de que hagan comparecer al acusado ante este tribunal para imponerlo de las condiciones impuestas en este acto. Ofíciese lo conducente. Terminó.....