se le impuso la Medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Dos (02) años, contados a partir de la presente fecha; la cual fue decretada el 09-08-04, por el Tribunal de Control de esta Sección y Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase y ejecútese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Fecha de imposición de la Sanción de Libertad Asistida: 01 de Septiembre del año 2004.
Fecha en que cumple la Sanción de Libertad Asistida: 01 de Septiembre del año 2006.