CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados ANGEL OMAR MONGES MÁRQUEZ y JOSÉ GREGORIO MONCAYO RANGEL, en sus caracteres de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Segunda, Comisionado de la Fiscalía Primera, y Fiscal Quinto de Procesos del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en relación con la Primera denuncia planteada en el capítulo I en su escrito recursivo, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 14-09-2004. En consecuencia, se repone el proceso que nos ocupa al estado de que otro Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal distinto del que produjo la decisión anulada, fije y celebre nuevamente el referido acto, atendiendo a lo previsto en los artículos: 327, 328, 329, 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos: 49 de la Constitución Nacional; 120 numeral 4; 125 numeral 1; 191, 327, 328, 329, 330 y 331 del.....