En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación ejercido en fecha 17 de marzo de 2017 (Folio 587) por el abogado PEDRO CORDOBA, identificado en autos y con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el juicio de Querella Interdictal de Amparo, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha 14 de marzo de 2017, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el cual declaró CON LUGAR la demanda.
SEGUNDO: Se confirma la Sentencia Definitiva dictada en fecha 14 de marzo de 2017, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judi.....