TERCERO: Subsidiariamente se declara la NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA suscrito por los ciudadanos LUIS ALFONZO NAKATA DEL MORAL, quien actúa como co-demandado en la presente causa y funge con el carácter de vendedor y KEIKO ALEJANDRA NAKATA MALPICA, quien funge como co-demandada y actuó con el carácter de compradora de un bien inmueble con las siguientes características: Casa-quinta constante de tres (03) habitaciones, sala recibo, comedor, dos (02) baños, puertas y ventanas de hierro, todos los servicios y su correspondiente parcela de terreno, la cual se encuentra ubicada en la Urbanización "Llano Alto", Calle Circunvalación Uribante, Municipio Biruaca del estado Apure, propia para habitación familiar, distinguido con la letra "C-96", sector "C", con una superficie de terreno constante de CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS (402,52 mts2), dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con parcela "C-97", con (24,36 mts.); Sur: Con parcela "C-95.....