DECLARA: UNICO: Admite el Recurso de apelación ejercido por el abogado MARCOS ANTONIO CASTILLO en su condición de Defensor Privado del ciudadano ELIX MANUEL TORRES QUINTERO, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal en audiencia de presentación de fecha 21-10-2005, por ser impugnable y recurrible, conforme a los artículos 432 en relación con el artículo 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente.