Primero: Ordenar la Libertad Inmediata del ciudadano ROMÁN SEIJAS DUGLAS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad personal N° 9.874.351.
Segundo: Oficiar a la Oficina del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de esta ciudad, con orden expresa de excluir la Orden de Captura de fecha 12-06-95 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, del Sistema de Registro y Control de Prontuarios. Trasládese al ciudadano ROMÁN SEIJAS DUGLAS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad personal N° 9.874.351, y notifíquese de la presente decisión. Remítase el legajo contentivo de la causa hasta el Archivo Judicial para su depósito definitivo. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Juez Primero de Ejecución,
David Oswaldo Bocaney
La Secretaria,
Taibeth Castellano.
Seguidamente y en esta misma fec.....