En consecuencia este tribunal en funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Apure ACUERDA: LA DECLINATORIA DE LA COMPETENCIA de la presente causa al Tribunal Primero de Ejecución del Sistema de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Los Teques, respecto al cumplimiento de la sanción aquí impuesta de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, al adolescente iuris sancionado Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes debiéndose, en consecuencia, remitir a dicho Tribunal de Ejecución, el original del presente Expediente Nº 1E-817-10 de la nomenclatura de este Tribunal, del cual se le había remitido exhorto en fecha 07-06-2010, de conformidad a lo establecido en el artículo 614 Primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo .....