D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la Inhibición propuesta por la Abogado JEANNET AGUIRRE, en su carácter de Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, RENDICION DE CUENTAS intentado por la abogada ciudadana FATIMA LOPEZ COELLO, contra la ciudadana MARIA AUXILIADORA IBAÑEZ DE FACUNDEZ.
SEGUNDO: Ordena a la Jueza Inhibida remitir el Expediente Original al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a fin de que continué conociendo la presente causa.