En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- Competente para conocer, en Primer Grado de Jurisdicción, la presente causa;
2.- Admite el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares, interpuesto por la Ciudadana Arelis Florinda Sequeda González, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.157.857, debidamente asistida por los abogados Wilfredo Chompré Lamuño y Silvia Mariana Valera, inscritos en el instituto de previsión social del abogado (I.P.S.A.) bajo los Nros 34.179 y 129.157, respectivamente, contra la Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure.