DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda:
PRIMERO: COMO EN FLAGRANCIA, la aprehensión policial de que fue objeto el ciudadano ALFREDO ORANGEL BEJAS, identificar, la madrugada del día 29-02-04, en las inmediaciones de la Av. 5 de Julio Parroquia El Recreo. Municipio San Fernando, específicamente en las adyacencias de la Algodonera Almaca, por parte de funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía del Estado Apure; de conformidad a las previsiones del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: PROSEGUIR LA FASE PREPARATORIA Y LA SECUELA DEL PROCESO, en la presente causa, por el procedimiento ordinario; todo ello de conformidad al encabezamiento del artículo 373 del Código Or.....