Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ANDRADES JHOSNER ELIANDER, venezolano, mayor de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 18.327.416, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELENA LILIANA CASTILLO SALAS. SEGUNDO: Se admiten TOTALMENTE las pruebas promovidas por el Ministerio Público, por ser útiles, legales, pertinentes y necesarias. TERCERO: se declara SIN LUGAR la solicitud de nulidad realizada por la Defensa Privada, por considerar que el escrito acusatorio llena los requisitos de Ley. CUARTO: Se ordena la apertura a Juicio Oral, se emplaza a las partes a que en el lapso común d.....