En consecuencia, se ordena de manera inmediata a la querellada ciudadana LOURDES DE JESÚS LÓPEZ VARGAS a RESTITUIR LA SITUACIÓN JURÍDICA INFRINGIDA Y REESTABLECER LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES al Debido Proceso, al Derecho a la Defensa, a la inviolabilidad del hogar doméstico y a la integridad de la familia, consagrados en los artículos 26, 47, 49 ordinales 1º y 8º y 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuelaen, ordenando COLOCAR DE MANERA INMEDIATA a la ciudadana DAYANA YOLANGEL HERNÁNDEZ SUÁREZ conjuntamente con su grupo familiar, en la posesión del bien inmueble conformado por una (01) casa propia para habitación familiar, ubicado en la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca, Urbanización "Las Terrazas", parcela Nº 539, sector "C", jurisdicción del Municipio San Fernando del Estado Apure, con todos y cada uno de los bienes muebles que quedaron secuestrados de forma arbitraria por la aquí accionada ciudadana LOURDES DE JESÚS LÓPEZ VARGAS, otorgándole el tratami.....