CAPITULO lV.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores y cumplidos como están en concordancia con la Sentencia N° 1070, Dictada con Carácter Vinculante dictada por la Sala Constitucional en fecha 09 de Diciembre del año 2016, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO el vínculo
Matrimonial Civil contraído por los ciudadanos: OZZIE EDGARDO SEGOVIA COLMENARES Y EVERLYN ADRIANA GONZALEZ ARRIECHE, cónyuges, mayores de edad, ambos de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs V-26.658.831 y V-23.031.901, respectivamente, el primero con domicilio en el Barrio El Maravilloso, específicamente en casa de la familia Segovia, Municipio Achaguas, Estado Apure, y la segunda con domicilio en el Barrio el Maravilloso, Calle Principal, es.....