Ahora bien, visto la solicitud de aclaratoria de la sentencia de fecha 25 de abril de 2008, este Tribunal observa:
Primero: Se desprende de la parte Dispositiva, específicamente en el particular PRIMERO, que el tribunal condena: "A entregar a la ciudadana NANCY YENIRET NAVAS, plenamente identificada en autos, el inmueble ubicado en la Urbanización Padre Serafín Cedeño, Calle 03, de la ciudad de San Fernando de Apure, Jurisdicción del Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure, inmueble que le pertenece conforme consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 01 de Noviembre de 2.007, bajo el N°. 41, folios 315 al 321, Protocolo Primero, Tomo Décimo Noveno, Cuarto Trimestre del citado año, totalmente desocupada de personas y bienes.
En cuanto a este punto, este Tribunal considera que se omitió, señalar los linderos del inmueble anteriormente descrito, por lo que este tribunal salva di.....