Por todo lo antes expuesto es que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: Admitir TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JONNY ELIÉCER MAYORGA GARCÍA CÁCERES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.569.966, soltero, conductor, residenciado en el Amparo Urbanización Raúl Leoni, casa sin número, al lado del río, El Amparo, estado Apure, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MARCOS ALFREDO GARCÍA SILVA (OCCISO). SEGUNDO: Se Admite PARCIALMENTE los medios de pruebas promovidos la Fiscalía del Ministerio Público. TERCERO: Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de la presente causa, se emplaza a las partes para que e.....